fbpx
QuieroTv Logo

Email

quierotvecuador@gmail.com

Móvil

(+593) 09-82233964

Ubicación

Guayaquil, Ecuador

Acciones legales para el Uso Legítimo de la Fuerza empezó a ejecutarse

Empezó a regir el Reglamento para el Uso Legítimo de la Fuerza. Lo confirmó el Presidente de la República, Guillermo Lasso Mendoza, quien suscribió el dictamen a la Ley Orgánica del Uso Legítimo de la Fuerza.

Este instrumento legal es el resultado de un trabajo técnico, coordinado entre el Ministerio de Defensa, Ministerio del InteriorFuerzas ArmadasPolicía NacionalSNAI, y Secretaria Jurídica de la Presidencia.

En el documento se realizan varias aclaraciones «confusas» de la Ley. Además se profundizan aspectos relevantes para la actuación de policíasmilitares y guías penitenciarios. Entre ellos están: 

1)Permiso y autorización para el porte y uso de medios entregados en dotación. Los servidores de la Policía Nacional y Fuerzas Armadas que han completado y aprobado los estudios de formación correspondientes están autorizados y habilitados para la tenencia, uso y porte del equipamiento para el cumplimiento de su misión institucional. 

2)Materialización del acto ilícito. Se entenderá como materialización del acto ilícito a la amenaza o peligro inminente, resistencia violenta o acciones conducentes a agredir de cualquier forma, a los servidores de la Policía Nacional, Fuerzas Armadas y del Cuerpo de Seguridad y Vigilancia Penitenciaria o a terceras personas. Esto permitirá una intervención oportuna y eficaz de las fuerzas del orden. 

3)Legitimidad del uso de la fuerza. Los servidores de estas entidades que, en cumplimiento en su misión constitucional y deber legal, causen lesión, daño o muerte a otra persona, no serán aprehendidos; ni podrán ser separados de la entidad y conservarán sus derechos laborales, mientras no exista una sentencia ejecutoriada que determine que existió uso legítimo e arbitrario de la fuerza, la detención de un servidor en estos casos podrá efectuarse excepcionalmente cuando el juzgador la ordene por pedido del fiscal, luego de una investigación y en el marco del debido proceso. 

4)Fuerzas Armadas en centros de privación de libertad. Las Fuerzas Armadas, en cumplimiento de la Ley, planificarán y ejecutarán operaciones de control de armas, municiones, explosivos y accesoriosen las áreas de influencia, inmediaciones y al interior de los centros de privación de libertad a escala nacional, en cualquier momento y cumpliendo los protocolos establecidos para el efecto. 

También puedes leer:

Hospital Los Ceibos repotencia la Unidad de Diálisis

Hospital Los Ceibos repotencia la Unidad de Diálisis

Las máquinas dializadoras adquiridas son de última tecnología y se encuentran ya en funcionamiento en el Hospital Los Ceibos. El Hospital General del Norte de Guayaquil Los Ceibos repotenció la Unidad de Hemodiálisis con la adquisición de 56 máquinas, las cuales...

Generadores térmicos de Progen llegaron a Guayaquil

Generadores térmicos de Progen llegaron a Guayaquil

Los 23 motores de generación termoeléctrica, traídos a Ecuador por la contratista estadounidense Progen, llegaron al puerto de Guayaquil la noche del 30 de noviembre de 2024. Se trata de los generadores térmicos duales que se instalarán en el proyecto Energía Térmica...

Aerolíneas ofrecen vuelos desde $ 1 por Black Friday

Aerolíneas ofrecen vuelos desde $ 1 por Black Friday

El Viernes Negro o Black Friday no solo se vivirá en las tiendas físicas y centros comerciales de Ecuador, también se evidencia en varios de los portales web de las aerolíneas que operan en el país, como Latam, Avianca y la empresa de 'low cost' Arajet.  Este fecha de...