fbpx
QuieroTv Logo

Email

quierotvecuador@gmail.com

Móvil

(+593) 09-82233964

Ubicación

Guayaquil, Ecuador

Tres meses período de lactancia para trabajadoras privadas, dictamen Corte Constitucional

La Corte Constitucional (CC) declaró la inconstitucionalidad de la frase “posterior al parto” del artículo 155 del Código de Trabajo, inciso tercero, porque hace una “distinción injustificada” entre las madres del sector público y del sector privado.

Con el fallo, todas las madres trabajadoras gozarán de una licencia de maternidad de 12 semanas (3 meses) y un período de lactancia de dos horas diarias por 12 meses más, es decir, hasta que el menor cumpla 15 meses de edad.

Hasta ahora, las madres que pertenecen al sector privado, contratadas bajo el Código de Trabajo, gozaban de una licencia de maternidad de tres meses y un período de lactancia hasta que el bebé cumpla un año de edad, es decir, solo tenían 9 meses de período de lactancia.

En cambio, las madres que laboran en el sector público, bajo la Ley Orgánica de Servicio Público (Losep) gozan de la licencia de maternidad de tres meses y un período de lactancia de 12 meses.

La resolución de la CC iguala este punto de las dos normas. Vanessa Velásquez, abogada laboral, señaló que es correcto que la Corte Constitucional ponga como premisa fundamental la igualdad ante la ley. “No debe haber diferencia entre una madre que trabaja en el sector privado y una madre que trabaja en el sector público”.

La modificación se hace en el artículo 155 del Código del Trabajo que establece: “Durante los doce (12) meses posteriores al parto, la jornada de la madre lactante durará seis (6) horas, de conformidad con la necesidad de la beneficiaria”. Con el fallo se retina la frase “posterior al parto” e iguala las dos normas.

Sin embargo, la experta considera que faltó un enfoque en la resolución de la CC. “Siempre estamos hablando del derecho de la madre a la maternidad o del padre a la paternidad, cuando estos derechos como primordiales son del niño. El bebé es el más beneficiado de que su madre pase más tiempo con él”, dijo.

La resolución se publicó en la página web de la CC el pasado domingo 10 de octubre. El cambio entra en vigencia inmediatamente, es decir se aplicará para todas las madres que inicien el período de lactancia.

El fallo no especifica nada con respecto para las mujeres que en este momento estén en jornada reducida de 6 horas por lactancia, señaló la experta.

“Hay que entender irretroactividad de cualquier norma legal, es decir, el cambio se aplica para las mamás que empiezan el período de lactancia. Sin embargo, la Corte debería hacer una aclaración sobre si el fallo afecta a las madres que en este momento ya están en goce de este derecho, porque la sentencia de la Corte no lo especifica”, señaló.

La decisión de la Corte se tomó más de dos años después de que se presentara una acción pública de inconstitucionalidad sobre el fondo del artículo 155 del Código de Trabajo.

También puedes leer:

Modalidad de carriles compartidos en Metrovía es eliminado

Modalidad de carriles compartidos en Metrovía es eliminado

La ATM busca mejorar los tiempos de movilidad y el alto tráfico vehicular en Guayaquil, mucho más en tiempos de cortes de luz y semáforos intermitentes, la ATM ha decidido eliminar el uso compartido de carriles en seis paradas del sistema de transporte de la...