El martes 25 de abril la Fiscalía General del Estado anunció que denunciará al juez que liberó a Luisa Espinoza y a otras dos personas procesadas por el presunto delito de pornografía infantil. Juez que liberó a Luisa Espinoza.
Espinoza quedó en libertad tras recibir medidas cautelares. Tras la decisión del juez, la modelo deberá presentarse de manera periódica ante las autoridades y tiene prohibición para salir del país.
La creadora de contenido para adultos fue detenida la madrugada del martes, 28 de febrero de 2023, por el supuesto delito de pornografía infantil.
En esa oportunidad fueron capturados Ydris Ivonne M. C. y Samuel Wilman Ch. V., creadores de contenido.
Rechaza decisión sobre Espinoza
La Fiscalía cuestionó el accionar del juez Roberto Calderón de beneficiar con medidas cautelares a Espinoza y a los otros dos procesados.
«Los elementos por los cuales se solicitó y se dispuso la prisión preventiva no han cambiado«, señaló el Ministerio Público en un comunicado.
La Fiscalía señaló que al momento de la captura se encontró en poder de los detenidos unos 10 000 fotos y videos con participación sexual de menores de edad.
En el escrito añadió que a pesar de eso, el juez Calderón dictó cambio de medidas para los tres.
La modelo estaba en la mira
Las autoridades seguían a Luisa Espinoza desde el 20 de diciembre de 2022, por el presunto delito de pornografía infantil.
En esa fecha, Espinoza publicó un video, que llegó a las 40 000 reproducciones, en el que ofrecía golosinas a estudiantes de una unidad educativa para que le tocaran los pechos.
Luego de las críticas, ella borró la publicación. Pero copias del video seguían circulando en redes.
Espinoza, de 26 años, crea contenido para adultos en OnlyFans.
¿Cómo se sanciona la pornografía infantil?
El artículo 103 del Código Integral Penal (COIP) señala que la pornografía infantil se configura cuando una persona fotografía, filma, graba, produce, transmite o edita materiales visuales, audiovisuales, informáticos o electrónicos “que contengan la representación visual de desnudos o semidesnudos reales o simulados de niñas, niños o adolescentes en actitud sexual”. Ese delito se sanciona con cárcel de 13 a 16 años.
Sin embargo, la pena aumenta de 22 a 26 años de cárcel cuando la persona infractora sea el padre, la madre, pariente hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, tutor, representante legal, profesor, maestro o persona que por su profesión o actividad haya abusado de la víctima.
La comercialización de la pornografía infantil también se sanciona. Según el artículo 104 de la normativa penal, la persona que “publicite, compre, posea, porte, transmita, descargue, almacene, importe, exporte o venda, por cualquier medio, para uso personal o para intercambio, pornografía de niños, niñas y adolescentes será sancionada con pena privativa de libertad de 10 a 13 años”.