Para este jueves 15 de febrero del 2024, esta programado que la Asamblea Nacional debata el paquete de 86 reformas al COIP.
En el informe, aprobado por la Comisión de Justicia, constan nuevas causas para el recurso de revisión, en cualquier tiempo, ante la Corte Nacional de Justicia, después de ejecutoriada una sentencia. El correísmo siempre ha apostado por el recurso de revisión del caso Sobornos, en el que Rafael Correa fue condenado a ocho años de prisión, al considerarlo persecución política. Las reformas, advierte Construye, podrían abrir la puerta para echar abajo esa sentencia y devolver los derechos políticos a Correa para que pueda regresar al país y ser candidato.
En ese sentido, se puede acceder a ese beneficio en tres casos, pero ahora los asambleístas quieren aumentar dos más:
- Si se comprueba que los hechos que fundamentan la sentencia fueron establecidos mediante vicios de procedimiento insubsanables o graves violaciones al debido proceso.
- En situaciones donde la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) o comités de derechos humanos de las Naciones Unidas, en su calidad de entidades internacionales cuyas decisiones son vinculantes para la República del Ecuador en virtud de los tratados internacionales ratificados por el Estado, identifiquen violaciones a los derechos humanos o errores en el debido proceso en sentencias condenatorias. Estas decisiones, pronunciamientos o recomendaciones serán consideradas como fundamentos legales válidos para la revisión judicial de las sentencias en Ecuador.