El Código de Trabajo establece que todo trabajador del sector público y privado, tiene derecho a disfrutar anualmente de un período ininterrumpido de 15 días de descanso.

En ambos sectores, público y privado, los trabajadores tienen derecho a tomar vacaciones. Según la Ley Orgánica de Servicio Público (Losep), esto equivale a 30 días anuales pagados, los cuales pueden ser utilizados después de once meses de servicio continuo.

En el ámbito del sector privado, el Código de Trabajo establece un período de descanso de quince días, que incluye los días no laborables. Según el artículo 69 de este código, los trabajadores que hayan prestado servicios por más de cinco años en la misma empresa tienen derecho a un día adicional de vacaciones por cada año excedente. Por lo tanto, si una persona ha trabajado durante 6 años, acumulará un total de 16 días de vacaciones.

Jacinto Bajaña, miembro de la Sociedad de Derecho Laboral, señala que cuando un empleado toma ese período de descanso, implica un pago. Además, destaca que las vacaciones deben ser planificadas considerando aspectos de producción.

El artículo 74 del Código de Trabajo aborda la determinación del período de vacaciones. Estipula que en el contrato se establecerá el momento en que el trabajador iniciará su descanso vacacional. En ausencia de un contrato escrito o tal especificación, el empleador informará al trabajador, con tres meses de antelación, el período en que se le otorgarán las vacaciones.