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Guayaquil, Ecuador

Corte Constitucional reduce a 30 días el estado de excepción

Con voto de mayoría, la Corte Constitucional condicionó la constitucionalidad del estado de excepción decretado por el presidente Guillermo Lasso para enfrentar la ola de violencia e inseguridad en el país. 

Este organismo dispuso que el estado de excepción dure solo 30 días y no 60 como estaba previsto inicialmente. Según la entidad, se tomó esa decisión porque el Ejecutivo no justificó las razones para que dure dos meses.  

Para que exista una eventual prórroga deben existir fundamentos y justificaciones suficientes.  

El estado de excepción entró en vigencia desde el 18 de octubre del 2021. El Primer Mandatario lo decretó por la “grave conmoción interna debido al aumento en la actividad delictiva en el país”.  

La Corte Constitucional también dispuso que el despliegue de Fuerzas Armadas (FF.AA.) se limite a las calles de nueve provincias: El Oro, Guayas, Santa Elena, Manabí, Los Ríos, Esmeraldas, Santo Domingo de los Tsáchilas, Pichincha y Sucumbíos.  

Además, la movilización de militares se “restringirá a operativos en los que cumplan exclusivamente funciones complementarias a las de la Policía Nacional, siempre que se encuentre suficientemente justificada su intervención y esta respete el principio de proporcionalidad”.  

Cuando concluya la vigencia del estado de excepción, el presidente Lasso debe remitir a la Corte Constitucional un informe que indique “las medidas concretas adoptadas para superar el desbordamiento de actos delictivos y las medidas que se adoptarán a corto, mediano y largo plazo para fortalecer el sistema de seguridad interna”. 

Ese organismo también dispuso a la Defensoría del Pueblo que realice un seguimiento a las acciones que se ejecuten durante el estado de excepción. La idea es verificar si se producen o no violaciones a derechos constitucionales.  

“La actividad de la fuerza pública (Policía Nacional y Fuerzas Armadas) se debe enmarcar en los estándares de uso progresivo de la fuerza y en el respeto a los derechos humanos de toda la población”, indicó la Corte.  

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